¿La soberanía se defiende o se administra? La aparente paradoja en la política exterior mexicana

En México, hay pocas aseveraciones con tanta fuerza política como lo es proteger la soberanía. A lo largo del tiempo se ha visto como la narrativa de no intervención, protección de soberanía e independencia ha sido fundamental en la política mexicana. Con el gobierno actual vemos por lo menos una vez a la semana cómo utilizan este término para justificar sus obligaciones de dar, hacer o no hacer. Basta con que un gobierno extranjero critique una decisión nacional o que una agencia estadounidense proponga mayor participación en el combate contra el narcotráfico para que el discurso oficial gire alrededor de que México es un país libre, independiente y que no acepta injerencias extranjeras. La soberanía se vuelve un límite invisible que ningún actor extranjero puede cruzar ni ningún actor nacional puede criticar. Sin embargo, en muchas ocasiones la realidad es distinta a la narrativa. Por lo cual, en el presente artículo se pretende mostrar cómo la soberanía en el siglo XXI no ha desaparecido, sino que se ha transformado en un recurso político cuyo uso es estratégico y selectivo. El caso mexicano demuestra que los Estados invocan la soberanía con mayor frecuencia frente a actores cuya intervención resultaría políticamente costosa, mientras aceptan limitaciones de otro tipo de actos cuando potencialmente generarán beneficios económicos, diplomáticos o de prestigio.

México es sede del mundial, lo cual ha generado diversos tipos de debate y, a su vez, vislumbrado muchos problemas político-sociales. Un ejemplo que me parece crucial es cómo el gobierno mexicano rechaza contundentemente el apoyo en materia de seguridad de la DEA por considerarla una afectación a la soberanía nacional, pero el país aceptó sin mayor controversia las condiciones que la FIFA impuso para organizar la Copa del Mundo. Pese a que se trata de actores completamente distintos, esta comparación revela una pregunta incómoda, pero necesaria: ¿la soberanía realmente constituye un principio inquebrantable de la política exterior mexicana o se invoca únicamente cuando resulta políticamente conveniente?

La defensa de la soberanía tiene raíces históricas profundas, no es un discurso reciente y, mucho menos implementado por la 4T. México construyó gran parte de su identidad a partir de una historia marcada por invasiones, intervenciones extranjeras e incluso la pérdida de más de la mitad de su territorio. La intervención francesa, la ocupación estadounidense durante la guerra de 1847 y las constantes presiones internacionales tras la Revolución Mexicana explican por qué el país desarrolló una política exterior con base en la no intervención y, además, la autodeterminación de los pueblos. Esta visión quedó plasmada en la Doctrina Estrada de 1930, la cual defendía la idea de que ningún Estado debía juzgar la legitimidad de otro gobierno. Durante décadas, este principio otorgó prestigio internacional a México y consolidó una política internacional caracterizada por el respeto a la soberanía ajena. Sin embargo, también tuvo consecuencias. En numerosas ocasiones el gobierno mexicano ha elegido guardar silencio frente a situaciones que conllevan violación a derechos humanos graves, como en el caso de América Latina o la guerra Palestina-Israel. La justificación ha sido que intervenir, incluso mediante una crítica diplomática, es considerada incompatible con su sagrado principio de no intervención. Pareciera ser que la defensa de la soberanía ha limitado la capacidad de México para actuar conforme a sus propios intereses y ejercer un liderazgo regional. Es un patrón que se ha repetido a lo largo de distintos sexenios y, se considera, que las circunstancias actuales no son distintas.

En los últimos años, la cooperación con Estados Unidos en materia de seguridad se ha convertido en uno de los principales escenarios donde el gobierno mexicano reivindica la soberanía nacional. Tras el caso del general Salvador Cienfuegos, las restricciones impuestas a los agentes extranjeros fueron presentadas como una recuperación del control del Estado mexicano sobre su territorio. La narrativa fue clara: ninguna autoridad extranjera debe actuar en México sin autorización porque ello representa una intromisión aceptable. El argumento tiene fundamento jurídico en el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos -en adelante, “CPEUM”-, donde se establece que la investigación de delitos corresponde al Ministerio Público y a la policía, por lo que ninguna autoridad extranjera puede ejercer funciones de investigación o persecución penal dentro de territorio nacional. Asimismo, en el artículo 89, fracción X del mismo ordenamiento jurídico, al fijar los principios rectores de política exterior, se reconoce la no intervención como eje de la actuación de México. Sin embargo, la cuestión no es si la DEA debe actuar libremente en México, sino por qué la defensa de la soberanía parece absoluta en algunos casos y extraordinariamente flexible en otros.

Como se mencionó, la organización del Mundial 2026 es un ejemplo interesante. Para que México se convirtiera en sede del torneo, debió aceptar y cumplir una serie de requisitos impuestos por la FIFA. Estos abarcan desde estándares de infraestructura y seguridad, hasta reglas sobre publicidad, explotación comercial, uso de instalaciones y protección de los patrocinadores oficiales. En algunos países sede ha sido necesario modificar legislación interna para satisfacer las exigencias de la organización. Definitivamente, la FIFA no tiene jurisdicción en México, el Estado conserva sus competencias y decide voluntariamente aceptar dichas condiciones, pero precisamente ahí reside el punto. Cuando existen beneficios económicos, turísticos y de proyección internacional, el discurso sobre la soberanía desaparece y entra en vigor una adaptación de normas nacionales, se olvida la “amenaza” a la autonomía del Estado mexicano. En este sentido, no se busca afirmar que la FIFA y la DEA son equivalentes. Una es una organización privada dedicada al deporta y, la otra, una agencia gubernamental estadounidense, por lo cual, la diferencia jurídica es evidente. Lo que ambas nos permiten observar es el uso selectivo del concepto de soberanía, dejando de ser un concepto absoluto al volverse parcial y conveniente.

En la práctica, todos los Estados aceptan algún tipo de limitación voluntaria a su margen de acción, a través de tratados o esquemas de cooperación en eventos globales. Por ello, el problema no radica en aceptar las reglas de la FIFA ni en cooperar con Estados Unidos en materia de seguridad. La problemática aparece cuando el discurso político presenta la soberanía como un principio absoluto y después contradecirse al aplicarlo únicamente con ciertos actores. En ese momento la soberanía se convierte en una herramienta retórica. Se considera que la soberanía no debería de ser un argumento que aparece o desaparece dependiendo del actor involucrado o la rentabilidad política o económica del momento. Si realmente va a fungir como un pilar de la política exterior, tendría que aplicarse con la misma consistencia. De lo contrario, se corre el riesgo de convertirse en un discurso poderoso, pero cada vez menos útil al contrastarse con la realidad.

 

Daniela Suárez

Estudiante de Derecho en el ITAM, con experiencia en comercio exterior y fiscal.

Le interesan los Derechos Humanos, la propiedad intelectual y las relaciones internacionales.

Es escritora y amante del arte, especialmente la pintura, la escultura y la poesía.

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