Cambio climático y derechos humanos: la configuración de una crisis global
De manera contemporánea, el cambio climático ha dejado de ser una preocupación estrictamente ambiental para consolidarse como una de las mayores amenazas contemporáneas a los derechos humanos. Sus efectos —el aumento de la temperatura global, la intensificación de fenómenos climáticos extremos, la elevación del nivel del mar y la degradación de ecosistemas— afectan de manera directa el goce efectivo de derechos fundamentales como la vida, la salud, el acceso al agua, la alimentación y la vivienda digna. Esta relación ha sido reconocida de manera progresiva por la comunidad internacional, que ha comenzado a abordar la crisis climática desde una perspectiva jurídica centrada en la dignidad humana y las obligaciones estatales derivadas del derecho internacional de los derechos humanos (Akindele, 2023; Lulić et al., 2025). Desde el ámbito universal, los órganos de Naciones Unidas han sostenido que la degradación ambiental y el cambio climático constituyen una amenaza sistémica para el ejercicio de los derechos humanos. En ese sentido, la Asamblea General de la ONU reconoció en 2022 que el acceso a un medio ambiente limpio, saludable y sostenible es un derecho humano, subrayando que sin condiciones ambientales adecuadas resulta imposible garantizar otros derechos esenciales (Naciones Unidas, 2022). Este reconocimiento, aunque formalmente no vinculante, consolida un consenso normativo que refuerza la exigibilidad de obligaciones estatales en materia de prevención, mitigación y adaptación frente al cambio climático.
La doctrina jurídica ha profundizado esta relación al sostener que el derecho internacional de los derechos humanos ofrece un marco idóneo para abordar la crisis climática, en tanto impone obligaciones positivas a los Estados orientadas a prevenir daños previsibles y proteger a las personas frente a riesgos ambientales graves. En particular, se ha argumentado que la omisión estatal frente al cambio climático puede traducirse en una vulneración directa de derechos protegidos por tratados internacionales, especialmente cuando los efectos climáticos son conocidos y evitables mediante políticas públicas razonables (Akindele, 2023). Este enfoque ha dado lugar a una creciente judicialización de la crisis climática en foros internacionales y nacionales. Un avance particularmente relevante en esta evolución jurisprudencial lo constituye la Opinión Consultiva OC-32/25 emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la que se afirmó de manera expresa que la crisis climática es también una crisis de derechos humanos. En dicho pronunciamiento, la Corte sostuvo que los Estados parte de la Convención Americana tienen la obligación jurídica de prevenir daños ambientales significativos que puedan afectar derechos como la vida, la integridad personal, la salud, el agua y la alimentación, así como de garantizar el acceso a la información, la participación pública y la justicia ambiental. Este criterio representa un hito en el sistema interamericano, al integrar de forma explícita el enfoque de derechos humanos en la gobernanza climática.
Asimismo, la práctica internacional demuestra una tendencia clara hacia el reconocimiento de la responsabilidad estatal por inacción climática. Estudios recientes sobre jurisprudencia internacional evidencian que tribunales y órganos cuasi-judiciales han comenzado a considerar que la falta de medidas adecuadas frente al cambio climático puede constituir una violación de obligaciones convencionales en materia de derechos humanos (Lulić et al., 2025). Esta evolución refleja un cambio paradigmático: el clima ya no es solo un objeto de regulación ambiental, sino un elemento estructural para la protección jurídica de la persona. Desde una perspectiva global, el cambio climático plantea también un problema de justicia climática, en tanto sus impactos recaen de manera desproporcionada sobre los países y poblaciones que menos han contribuido a la generación de emisiones. Esta desigualdad estructural ha sido ampliamente documentada por organizaciones especializadas, que advierten que los efectos climáticos profundizan brechas sociales, económicas y territoriales, especialmente en regiones como América Latina, África y el Sudeste Asiático (Center for International Environmental Law, 2019). En este contexto, la integración del enfoque de derechos humanos permite visibilizar a las personas y comunidades afectadas como titulares de derechos exigibles, y no meramente como beneficiarios de políticas públicas discrecionales.
En América Latina, la crisis climática se manifiesta a través de sequías prolongadas, pérdida de territorios costeros, inseguridad alimentaria y afectaciones severas a pueblos indígenas y comunidades rurales. Frente a ello, la Opinión Consultiva de la Corte Interamericana adquiere una relevancia particular, pues ofrece un marco jurídico regional que obliga a los Estados a diseñar e implementar políticas climáticas compatibles con los estándares de derechos humanos. Este pronunciamiento refuerza la idea de que la protección del ambiente y del clima no es una opción política, sino una exigencia jurídica derivada de compromisos internacionales libremente asumidos por los Estados.
En conclusión, el reconocimiento del cambio climático como una crisis global de derechos humanos implica una transformación profunda en la manera de comprender las obligaciones estatales frente a la emergencia climática. La evolución del derecho internacional demuestra que la protección del clima está íntimamente ligada a la protección de la dignidad humana y que la inacción frente a sus efectos puede generar responsabilidad internacional. Así, la configuración jurídica actual exige respuestas urgentes, estructurales y basadas en derechos humanos, orientadas no solo a mitigar el daño ambiental, sino a garantizar condiciones de vida digna para las generaciones presentes y futuras.
Referencias bibliográficas:
Akindele, A. (2023). Climate change as a human rights issue: Litigating climate change in the United Nations Human Rights Committee. Indonesian Journal of Environmental Law and Sustainable Development, 2(1), 105–122. https://doi.org/10.15294/ijel.v2i1.62298
Center for International Environmental Law. (2019). Rights in a changing climate: Human rights under the UN Framework Convention on Climate Change. https://www.ciel.org/reports/12281/
Lulić, M., Muhvić, D., & Rešetar Čulo, I. (2025). Climate change and human rights: An overview of international case law. EU and Comparative Law Issues and Challenges Series (ECLIC), 9, 391–426. https://doi.org/10.25234/eclic/38108
Naciones Unidas. (2022).El acceso a un medio ambiente limpio y saludable es un derecho humano universal. https://news.un.org/es/story/2022/07/1512242